La mencionada Ley define como
empleo a tiempo parcial al vínculo laboral entre trabajadores y
empleadores del sector privado, con el objeto de la realización de
un trabajo por tiempo indeterminado, continuo, discontinuo u
ocasional. El objetivo de la norma es garantizar la protección de
los trabajadores a tiempo parcial en cuanto a las condiciones de
trabajo y de la seguridad social. La regulación del trabajo de este
segmento constituye el resultado del proceso de reflexión y dialogo
social desarrollado por el Gobierno, juntamente con las
organizaciones empresariales y sindicales, que fue consensuado a
través del Consejo Consultivo Tripartito para el establecimiento de
los principales fundamentos de esta modalidad contractual, en la
búsqueda del mejoramiento de las condiciones laborales de los
trabajadores a tiempo parcial.
La
ministra de Trabajo Carla Bacigalupo, manifestó que esta ley que
desde ahora está en plena vigencia va otorgar muchos beneficios a
los jóvenes “Tenemos
que saber que hoy tenemos 129.000 jóvenes trabajando de manera
informal a tiempo parcial y estamos seguros que esta ley va a tener
más que nada un efecto formalizador del empleo juvenil, el empleo
femenino”, indicó la ministra Bacigalupo
ayer, luego de entrevistarse con el presidente de la República,
Mario Abdo Benítez, ocasión que junto con el titular del Instituto
de Previsión Social (IPS), Andrés Gubetich, informaron al
mandatario del importante incremento de trabajadores cotizantes en la
previsional.
La
Ley establece directrices del marco regulatorio general de la
modalidad del contrato a tiempo parcial. El Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social (MTESS) junto al Instituto de Previsión
Social (IPS), serán las instituciones encargadas de velar por el
estricto cumplimiento de la norma y de las reglamentaciones que
correspondan al ámbito laboral y de seguridad social.
Las
disposiciones no contempladas en la presente reglamentación se
regirán por el Código del Trabajo y la Ley 6339 que regula el
empleo a tiempo parcial. (Ver Decreto 2817/19)